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- 11 feb. 2026
- Inmobiliaria FM
Los impuestos por la compra de una vivienda teniendo menos de 35 años en Castilla La-Mancha
Existen ventajas fiscales para los jóvenes que desean acceder a una casa en propiedad: te contamos cuáles son
El acceso a una vivienda en propiedad se ha convertido en una meta difícil de cumplir para miles de personas en España, especialmente para los jóvenes. La necesidad de aportar una cantidad significativa de dinero como entrada, además de los gastos relacionados con la compraventa, representa el principal obstáculo para quienes consideran convertirse en propietarios.
Por esta razón, existen distintas ayudas destinadas a grupos especialmente afectados por la situación actual en el mercado inmobiliario. Es el caso de los impuestos por la compra de una vivienda con menos de 35 años, para los que existen descuentos y bonificaciones que te detallamos a continuación.
¿Qué impuestos se pagan al comprar una vivienda siendo menor de 35 años?
Los menores de 35 años se encuentran sujetos a los mismos impuestos al comprar vivienda que el resto de los españoles. Sin embargo, es posible que se beneficien de algunas ventajas fiscales e incluso exenciones. Estos son los principales impuestos que se deben tener en cuenta:
- IVA o IGIC en caso de comprar vivienda nueva
- ITP en caso de comprar vivienda de segunda mano
- AJD por la escritura de compraventa
Deducción por la compra de vivienda para jóvenes
El ITP o Impuesto de Transmisiones Patrimoniales es el principal impuesto al que deben hacer frente los jóvenes al comprar vivienda, ya que lo más habitual es adquirir un inmueble de segunda mano. Por eso, es frecuente que las distintas comunidades autónomas cuenten con ventajas fiscales para este colectivo
ITP por la compra de vivienda para menores de 36 años
El tipo general del ITP en Castilla-La Mancha es de 9% cuando se trate de la transmisión de inmuebles, bajando al 6% en caso de adquisición de la primera vivienda habitual del sujeto pasivo, siempre que su valor real no exceda de 180.000 euros y se cumplan ciertos requisitos.
Además, cuando se adquiera vivienda habitual y el adquirente tenga menos de 36 años, este tipo se reducirá al 5%. Es requisito que el valor de la vivienda no exceda de 180.000 euros y que se cumplan las siguientes condiciones:
- Que la adquisición se financie en más del 50% mediante préstamo hipotecario cuyo importe no exceda del valor declarado de la vivienda adquirida
- Que el valor de la vivienda sea igual o superior al valor asignado en la tasación realizada a efectos de la hipoteca
- Que el valor declarado por el contribuyente sea igual o superior al valor de referencia, en caso de existir
¿Cuándo se aplica el ITP reducido?
Un ITP reducido puede activarse por muy distintos motivos, aunque muchos de ellos suelen coincidir en las distintas autonomías. Ya sabemos que la edad puede ser un factor determinante a la hora de obtener una ventaja fiscal, pero existen otras posibilidades.
Familias numerosas, familias monoparentales, personas con discapacidad, personas con familiares a su cargo... son colectivos que habitualmente reciben ventajas fiscales en prácticamente todas las comunidades autónomas en materia de ITP.
Además, las autonomías suelen proteger a las personas con rentas más bajas, así como incentivar la compra de inmuebles en zonas poco pobladas, entre otros supuestos. La rehabilitación de inmuebles es otro factor que puede ayudarnos a tener una ventaja fiscal.


